sábado, 19 de septiembre de 2015

LA MONSTRUOSA SENTENCIA


Luis Britto García
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En artículo anterior comenté bochornosa sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, en la cual disfraza como “ser humano” a la empresa mercantil RCTV, para poder reconocerle “derechos humanos”, a pesar de que el artículo 1 de la Convención Interamericana sobre la materia establece  expresamente: “Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano. Vale decir: sólo los seres humanos pueden reclamar Derechos Humanos. Escalofriante veredicto, acorde con los malos tiempos que vivimos: según la Corte Interamericana, el capital es un ser humano.
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Hasta ahora, sólo dos entes habían  fabricado seres humanos a partir de materia inanimada: Dios, y el doctor Víctor Frankenstein. La patraña de la Corte Interamericana no ha generado un ser humano a partir del cadáver  de una corporación, pero sí  ha creado un monstruo: una sentencia hecha remendando fragmentos incompatibles, que horroriza a quien la contempla.
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Para comenzar, una sentencia no puede ser contradictoria. Pero el fallo de la Corte Interamericana ordena “restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión”. Y al mismo tiempo manda que, una vez devuelta dicha concesión a RCTV,  “el Estado deberá, en un plazo razonable, ordenar la apertura de un proceso abierto, independiente y transparente para el otorgamiento de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión”. ¿En qué quedamos? ¿Se restablece la concesión al canal 2 RCTV, o se abre un proceso para otorgarla, posiblemente a otra empresa? ¿Ni lo uno ni lo otro, sino todo lo contrario?
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Sentencia que nace torcida, nunca su juicio endereza. Para ordenar que una concesión sea devuelta a un particular, un tribunal digno de tal nombre debería verificar primero que le pertenece a éste. Sin embargo, en su fallo la CIDH afirma, textualmente: “El Tribunal constata que el espectro radioeléctrico es un bien público cuyo dominio corresponde al Estado y por tanto su titularidad no puede ser reclamada por los particulares. Por ello, no es posible afirmar que RCTV y, en particular, sus accionistas hubieran adquirido algún derecho o titularidad sobre el espectro” (Cursivas nuestras).
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Por tanto, sigue la Corte:  “la posibilidad de que el Estado renovara la concesión a RCTV para el uso del espectro radioeléctrico en el año 2007, no puede ser considerada como un bien o derecho adquirido ya incorporado en el patrimonio de la empresa. Dicha posibilidad era una mera expectativa de renovación que estaba condicionada por la facultad del Estado para establecer controles sobre un recurso de su propiedad. En consecuencia, los beneficios económicos que los accionistas pudieren haber recibido como consecuencia de la renovación de la concesión tampoco pueden considerarse como bienes o derechos adquiridos que hicieran parte del patrimonio directo de los socios y pudieran ser protegidos por el artículo 21 de la Convención Americana en virtud de su titularidad”.  
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Reconoce también la Corte que la ley venezolana  “no hace mención alguna a que el Estado estuviera obligado a conceder la renovación, ni tampoco establece una prórroga automática a quienes solicitaran la transformación de los títulos” . Y por si quedaran dudas, “Por otra parte, respecto a que existiría en el derecho internacional una obligación de renovar las concesiones de radiodifusión, la Corte concluye que esta obligación no está contemplada en el derecho internacional. De igual manera, en lo relativo a que del derecho comparado se podría desprender un derecho a la renovación de concesiones de frecuencias de radiodifusión, la Corte no tiene evidencia ni se presentaron alegatos que pudieran sustentar dicha afirmación”.
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¿Cómo entonces ordena la Corte restituir una concesión de telecomunicaciones a sabiendas de que el Estado no estaba obligado a ello, porque ni la ley venezolana, ni el derecho internacional lo disponen así? La contradicción de la sentencia es tan grave, que uno de los dos magistrados que disienten de ella, el juez Alberto Pérez Pérez, afirma: “A partir de lo anterior, es posible concluir que la alegada restricción en este caso no se deriva de que la concesión que tenía RCTV no fuera renovada en forma automática, por cuanto de lo anteriormente analizado no se desprende que el Estado estuviera obligado a ello”. Y añade: “En consecuencia, la decisión final de disponer el restablecimiento de la concesión del canal de televisión a la empresa RCTV es contraria a la fundamentación jurídica expuesta por la Corte. En otras palabras, es totalmente infundada”.  A confesión de parte, relevo de pruebas. La Corte razona una cosa, y decide otra totalmente distinta. Debe ser muy duro quebrantar la Ley, la lógica y la conciencia para complacer a Estados Unidos.

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jueves, 17 de septiembre de 2015

LUIS BRITTO GARCÍA: VENEZUELA ES UN RECEPTOR GENEROSO Y FRATERNO DE TODAS LAS MIGRACIONES DEL MUNDO


+Caracas, 17 Sep. AVN.- Venezuela es un país que históricamente  ha sido receptor, cordial y fraterno de diferentes migraciones del mundo, sostuvo este jueves el escritor venezolano Luis Britto García.
"Hemos sido el paño de lágrimas de todas las migraciones que los conflictos mundiales han arrojado" a las costas y las fronteras, señaló el profesor durante su participación en la Conferencia Internacional de Derechos Humanos para abordar el tema de la migración de colombianos a Venezuela y que se realiza en el Teatro Teresa Carreño, en Caracas.
En ese sentido, recordó que Venezuela ha abierto sus puertas a quienes huyeron en el pasado del fascismo que se había implementado en España, en las primeras décadas del siglo pasado; así como de la Segunda Guerra Mundial, "entre ellos muchísimos hebreos que llegaron en barco cuando ningún otro país los quería recibir".
Asimismo, Luis Britto García mencionó que posteriormente, a través de la Comisión de Migraciones Europeas, la nación bolivariana recibió a inmigrantes de toda Europa, y luego, entre los años 60 y 70, flujos de migrantes latinoamericanos sobre todo del cono sur, "donde una epidemia de dictadura acabó con lo que era progresismo, cultura, humanidad".
"Para todos ellos hubo una acogida generosa y gran parte de ellos hoy forman parte de nuestra vida nacional", enfatizó.
"Tenemos el orgullo de que a lo largo de esta larga historia no ha habido un incidente racista, un incidente notable de discriminación, de persecución, de racismo. No; eso es extraño a nuestra manera de ser", dijo, al tiempo en que rechazó las campañas de descrédito que se gestan en contra de Venezuela, utilizando como pretexto las medidas soberanas emprendidas por el Gobierno de Venezuela en la región fronteriza para atacar prácticas paramilitares y mafias dedicadas al contrabando de extracción de productos venezolanos hacia Colombia.
En Venezuela actualmente viven más de 5.600.000 colombianos, lo que representa uno de cada cinco de sus habitantes, y quienes han sido incluidos —agregó el profesor— en todos los programas sociales, de justicia social impulsado por la Revolución Bolivariana.
Hoy los colombianos que residen en Venezuela además gozan de un nuevo beneficio, por iniciativa del líder socialista Hugo Chávez: el derecho a la identidad, mediante la expedición de cédulas que finalmente, formalizaron su residencia.
"Todos ellos han recibido plena asistencia. No se les han escatimado los servicios públicos. Sus niños estudian gratuitamente en el Sistema Educativo venezolano, reciben asistencia médica todos ellos, una gran cantidad reciben pensiones. Entonces, dificulto que haya habido acogida más cálida", dijo.
En ese sentido, propuso la creación de un centro o una institución de estudios y de recolección de datos sobre la realidad colombo-venezolana para fortalecer la asistencia a los hermanos colombianos en Venezuela. 
 AVN 17/09/2015 18:33